LEGISLATIVAS

17/08/2017/REDACCIÓN

REFORMAN LEY DE EDUCACIÓN PARA CREAR INSTITUTO DE PROFESIONALIZACIÓN DOCENTE

Con la finalidad de fortalecer el diseño y planeación de políticas públicas en materia de capacitación y actualización docente, en los niveles de educación básica, media superior y superior, el Congreso del Estado, avaló la reforma a diversos preceptos de la Ley de Educación del Estado de Tlaxcala, por la que se crea el Instituto de Profesionalización Docente en la entidad.

En la lectura del dictamen, el diputado J. Carmen Corona Pérez, en representación de las Comisiones Unidas de Educación, Ciencia, Tecnología y Cultura y la de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos de la LXII Legislatura Local, señaló que para ese Congreso es importante legislar para adecuar la Administración Pública Estatal en materia educativa a efecto de que ésta responda a la complejidad, dimensión y exigencia de los retos del desarrollo y bienestar de los tlaxcaltecas.

Por ello, el aliancista J Carmen Corona Pérez dijo que para contribuir a mejorar las políticas educativas en los ámbitos estatal y federal, es necesario la creación de un Instituto de Profesionalización Docente en el Estado de Tlaxcala, cuyo órgano de gobierno sea integrado preponderantemente por autoridades con una excelente capacidad académica y de gestión, con amplios conocimientos y experiencia probada sobre la situación, las exigencias y los desafíos de la educación obligatoria, que representan y dirigen el sistema educativo estatal y por representantes de la sociedad interesados en la mejora del mismo.

Dicho Instituto de Profesionalización Docente, apuntó está sustentado en el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley General de Educación y en la Ley General del Servicio Profesional Docente, que establecen que las autoridades educativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, constituirán el Sistema Nacional de Formación, Actualización, Capacitación y Superación Profesional para Maestros que tendrá como finalidades: La formación con nivel de licenciatura; la actualización y superación docente de los maestros en servicio; la realización de programas de especialización, maestría y doctorado; el desarrollo de la investigación pedagógica; y la difusión de la cultura educativa.

Con la creación de este Instituto, el diputado J. Carmen Corona Pérez subrayó se está coadyuvando a la política educativa estatal y federal, por ello, se requiere que su órgano de gobierno sea integrado preponderantemente por autoridades con una excelente capacidad académica y de gestión, con amplios conocimientos y experiencia probada sobre la situación, las exigencias y los desafíos de la educación obligatoria, que representan y dirigen el sistema educativo estatal y por representantes de la sociedad interesados en la mejora del mismo.

Cabe mencionar que durante la presentación de la iniciativa ante el Pleno, estuvieron presentes en la sesión, la representante del titular de la Dirección de Políticas Públicas y Participación Ciudadana del Gobierno del Estado, Lenin Calva, Betty Sharon Briones Padilla, el representante del Comité Ejecutivo Nacional de la Sección 31, Felipe González Villegas, los secretarios generales de las Secciones 31 y 55 del SNTE en la entidad, Demetrio Rivas Corona y José Felipe Díaz Grande, respectivamente, el presidente de la FDESST, Ismael González Corona y el  presidente de la Dirección Estatal del Partido Nueva Alianza,  Humberto Hernández Hernández, así como demás integrantes de los comités de las Secciones 31 y 55 en el Estado.

PROPONEN FORTALECER PARTICIPACIÓN DE JÓVENES A PUESTOS DE ELECCIÓN POPULAR

Durante la sexta sesión del segundo periodo ordinario de la LXII legislatura, el legislador Juan Carlos Sánchez García, dio a conocer la iniciativa para adecuar el párrafo décimo sétimo del artículo 95 de la Constitución Política Local, la que tiene el propósito de garantizar la inclusión de una cuota de jóvenes en la integración de la Legislatura Local y los Ayuntamientos, promoviendo la participación efectiva de los jóvenes en la vida social, en la dirección de los asuntos públicos y en los procesos de toma de decisiones, generando condiciones de equidad en la representación social.

En este sentido, aseveró que es impostergable que los jóvenes participen en la integración del Poder Legislativo y en los Ayuntamientos, toda vez que en estos órganos de gobierno, tienen resonancia las distintas ideologías y se manifiestan todas las formas del pensamiento social, mismas que a la postre se materializan en decisiones que repercuten en la sociedad.

Asimismo, se hizo referencia a la viabilidad de establecer en 20% el porcentaje mínimo de candidaturas a diputados locales e integrantes de los ayuntamientos de jóvenes menores a 26 años de edad, que deben ser registradas por los partidos políticos para los procesos electorales locales, además de que se garantice la paridad de género.

AVALAN REFORMAS A LEY DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE TLAXCALA

Por mayoría de votos en lo general y en lo particular, el Pleno Legislativo aprobó reformas y adiciones a diversos preceptos de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Tlaxcala, con lo que se modifica la integración del Consejo Estatal de Seguridad Pública.

En el dictamen de mérito dado a conocer por el diputado Jesús Portillo Herrera,  se destacó la importancia de integrar al mismo con el carácter de invitado a un representante del Poder Legislativo en el Consejo Estatal de Seguridad Pública y propiciar con ello su fortalecimiento, además de que su participación se encontrará supeditada a la naturaleza de los asuntos a tratar y a consideración de los integrantes del Consejo Estatal.

Así también, se dijo que dicha reforma contempla incluir como invitado permanente del Consejo Estatal de Seguridad Publica, al Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos; lo que permitirá que el titular de éste órgano autónomo externe su opinión respecto de los lineamientos, propuestas y demás instrumentos que de conformidad con sus atribuciones, emita dich

Consejo; lo cual asegurará que las decisiones de éste órgano colegiado,  se desarrollen respetando en todo momento los derechos humanos, consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Constitución Política local.

En esta reforma se estableció que los Consejos Municipales deberán ser instalados por la administración municipal que corresponda, en un plazo no mayor a 30 días hábiles posteriores al inicio de ésta, su integración deberá ser acorde con las disposiciones contenidas en la presente Ley y en las demás disposiciones aplicable; que los mismos sesionarán ordinariamente cada tres meses y de manera extraordinaria cuando sea convocado por su presidente o por la mayoría de sus integrantes, y se cambia la denominación de Director de Seguridad Pública  por el de Comisario de la Policía Municipal.

 

 

 

 

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