4 /06/2018/TLAXCALA
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) capacitó en materia forestal a personal de la 23ª Zona Militar de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), con el propósito de trabajar de manera coordinada en el combate a la tala clandestina y delitos forestales en el estado de Tlaxcala, en particular para la preservación del Área Natural Protegida (ANP) La Malinche.
Personal de esta Procuraduría impartió el primer curso-taller en esta entidad, relativo a la Inspección de Recursos Naturales y Legislación Ambiental Federal, la configuración de un delito ambiental, identificación de productos y subproductos de ejemplares de vida silvestre vegetal y recursos forestales maderables y no maderables, entre otros.
La capacitación consistió en dotarles de la información necesaria y suficiente sobre temas vinculados a permisos y autorizaciones emitidos por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), con los que deben contar los transportistas y/o poseedores de materias primas forestales, productos y subproductos, para acreditar su legal procedencia.
Entre los tipos de productos de esta materia prima que el personal militar encontrará en su labor cotidiana están la madera en rollo, postes, morillos, pilotes, puntas, ramas, leñas en rollo o en raja, brazuelos, tocones, astillas, raíces y carbón vegetal, madera en escuadría (en cortes), aserrada, labrada, áspera o cepillada.
En el mismo sentido, se les mostraron los tipos de madera cepillada, como cuartones o cuarterones, estacones, vigas, gualdras, durmientes, polines, tablones, tablas, cuadrados y tabletas; tarimas y cajas de empaque y embalaje; resinas, gomas, ceras y látex, así como otros exudados naturales; plantas completas, cortezas, hojas, cogollos, rizomas, tallos, tierra de monte y de hoja, hongos, pencas, flores, frutos, semillas y fibras provenientes de vegetación forestal.
El taller teórico–práctico se refirió además a la identificación y cubicación de materias primas, productos y subproductos forestales, además de las consecuencias de incumplimiento de la normatividad ambiental federal, al no contar con la documentación que avale su legal procedencia.
Se mostró la forma de identificar la configuración de un Delito Ambiental, de conformidad con el artículo 419 del Código Penal Federal, el cual establece que “a quien ilícitamente transporte, comercie, acopie, almacene o trasforme madera en rollo, astillas, carbón vegetal, así como cualquier otro recurso forestal maderable o tierra procedente de suelos forestales en cantidades superiores a cuatro metros cúbicos (4 m3) o en su caso a su equivalente en madera aserrada, se impondrá una pena de 1 a 9 años de prisión y de trecientos a tres mil días de multa”.
Asimismo, los inspectores de la PROFEPA comentaron sobre la Ley General de Vida Silvestre y los documentos que deben presentarse para acreditar la legal procedencia de un ejemplar de fauna o flora silvestre.