DA CONGRESO ENTRADA A INICIATIVAS PRESENTADAS POR EL EJECUTIVO LOCAL

3/08/2018/Tlaxcala/Misael Nava Corona

En lo que fue la décima sesión ordinaria, el Pleno de la Comisión Permanente de la LXII Legislatura Local, dio entrada a diversas iniciativas presentadas por el titular del Poder Ejecutivo en el Estado, para su análisis y dictamen correspondiente

Entre las propuestas remitidas a esta Soberanía, están la relativa a la terna que contiene los nombres de los profesionales del derecho de entre quienes habrá de designarse al Procurador de General de Justicia en el Estado, la iniciativa por la que se expide la Ley de Fomento a la Inversión para el Estado de Tlaxcala, la de reformas a la Ley de la Juventud, así como el proyecto de decreto para la distribución de los recursos excedentes del segundo trimestre del ejercicio fiscal 2018.

En otro orden de ideas, los diputados de la Comisión Permanente, aprobaron el acuerdo de la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos por el que se determina que no ha lugar a reformar la fracción XVII del artículo 24 de la Ley Orgánica de la Institución del Ministerio Público, misma que en su momento fue presentada por los legisladores del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con el fin de que de exentar el cobro por la emisión de las constancias de no antecedentes penales, cuando dicho documento sea solicitado en relación con el ingreso a una institución educativa o con algún trámite escolar diverso.

Lo anterior, se dijo tiene su justificación en el hecho de que dicho ordenamiento no es el ideal para establecer la exención en el cobro de algún trámite administrativo, como lo es la expedición de constancias de antecedentes no penales, lo cual conlleva a determinar que lo propuesto en la iniciativa es improcedente, dado que la pretensión de la propuesta contenida en dicha iniciativa sea viable, quienes integran el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, debieron plantear una reforma al citado artículo 161 del Código Financiero Local, por ser éste el ordenamiento idóneo dado su objeto.

 

 

 

 

Pincel de luz, usa cookies estrictamente necesarias, así como otras tecnologías similares, para poner en funcionamiento este sitio web y brindarle una mejor experiencia de usuario. Aceptar Leer más