Recursos públicos se destinarán a programas para “población vulnerable”: MRNI

Recursos públicos se destinarán a programas para “población vulnerable”: MRNI

16/12/2019/Tlaxcala/Ximena Zárate

Según lo propuesto por la diputada de Morena, María del Rayo Netzahuatl Ilhuicatzi, los fondos locales que no hayan sido ejercidos durante los ejercicios fiscales ahora serán incorporados y reasignados al vigente presupuesto de egresos del estado con la nueva reforma al Código Financiero para el Estado de Tlaxcala.

La iniciativa pretende destinar los fondos principalmente a la realización de programas y políticas enfocados en el sector más vulnerable del estado.

La iniciativa fue presentada por la diputada María del Rayo Netzahuatl Ilhuicatzi, el pasado 10 de diciembre ante la mesa legislativa. Pero fue hoy cuando se aprobó con 21 votos a favor y cero en contra.

La diputada expresó que el objetivo de su iniciativa es en beneficio de la población en estado de vulnerabilidad.

Se añadieron dos fracciones al artículo 288 del Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus municipios, las cuales quedaron como sigue:

“Artículo 288, fracción VIII: Concluida la vigencia de presupuesto de egreso, el Ejecutivo del Estado debe entregar el informe de los recursos no ejercidos relativos a los fondos estatales presupuestados en el ejercicio fiscal inmediato anterior al Congreso del Estado, a más tardar el 15 de enero del ejercicio fiscal inmediato anterior.

Fracción IX: Derivado del informe de recursos no ejercidos, el Congreso del Estado, previa solicitud del Poder Ejecutivo, podrá autorizar que los recursos no ejercidos como provisiones económicas, fondos locales u otros en el presupuesto de egresos del ejercicio fiscal inmediato anterior, se incorpore o redistribuya para el cumplimiento de políticas y programas que atiendan problemas de la población en estado de vulnerabilidad […].

Los entes públicos a más tardar, el 15 de enero de cada año, deberán entregar a la Secretaría de Finanzas las transparencias locales etiquetas o recursos, que al 31 de diciembre del ejercicio fiscal inmediato anterior no hayan sido ejercidos.”

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