Aquí Xicohténcatl… Ley Olimpia un regalo de navidad
Pedro Morales
En Tlaxcala la llamada Ley Olimpia, recientemente aprobada por los diputados locales, parecería que no tendría razón de ser, pero lo cierto es que en más de un caso.
Baste recordar el tristemente célebre caso de la mujer que se suicidó tras viralizarse un video, en el que supuestamente agrede a hijos de su patrona.
El linchamiento social desatado por esa nota “exclusiva”, dio como resultado que la mujer se ahorcara en su celda y sus verdugos sigan en lo mismo que es, buscar cada día no la nota más relevante, sino víctimas para saciar su sed de sangre y notoriedad.
Esto fue parte del inicio en Tlaxcala en el pasado reciente y ahora se suma el ciberacoso, packs, pornovenganza y la violencia digital contra las mujeres que ya son delitos castigados de seis hasta nueve años de prisión.
Recientemente el pleno del Congreso de la CDMX aprobó por unanimidad de 56 votos un dictamen para reformar el Código Penal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia de la Ciudad de México a fin de sancionar con severidad la violencia digital en contra de las mujeres, mejor conocida como Ley Olimpia.
¿Quién es Olimpia?
Dicha iniciativa fue creada por Olimpia Coral Melo, quien a los 18 años fue víctima de violencia digital, cuando un video sexual acabó con su reputación en su pequeña ciudad en Huauchinango, en Puebla.
El video provocó que se encerrara en su casa por ocho meses e intentó suicidarse en tres ocasiones por la críticas de todo el pueblo, y ahora aprobaron una ley con su nombre en más de 10 estados del país, y ahora en la CDMX.
El derecho fundamental que se está garantizando es el derecho a la intimidad personal, a la intimidad sexual, al ejercicio libre y protegido de los derechos sexuales.
Se está protegiendo de manera importante la integridad de las mujeres.
Por eso es que el espíritu de esta legislación es que exista una sanción contundente, ejemplar, para quien genera un daño grave a la reputación, al buen nombre, al prestigio de una persona.
La vida íntima debe de salvaguardarse en la Ciudad de México”, afirmó el diputado Eduardo Santillán Pérez.
El legislador del grupo parlamentario de MORENA y presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia puntualizó que se dictaminaron 12 iniciativas sobre este tema, además de que se realizaron múltiples reuniones con diversas organizaciones de mujeres para escuchar e incorporar sus aportaciones, por lo que aseguró que ésta es la legislación más avanzada en la materia en el país.
A PRISIÓN POR PASAR PACKS, CIBERACOSO Y PORNOVENGANZA
Detalló que se estableció en el artículo 179-Bis del Código Penal que se impondrán de cuatro a seis años de prisión y de 500 a mil unidades de medida “a quien haciendo uso de medios de radiodifusión, telecomunicaciones, informáticos o cualquier otro medio de transmisión de datos contacte a una persona menor de 18 años de edad, a quien no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, a persona que no tenga capacidad de resistirlo y le requiera o comparta imágenes, audio o video de actividades sexuales explícitas, actos de connotación sexual o le solicite un encuentro sexual, lo que se conoce con el concepto de grooming”.
Agregó que se modificó también el artículo 181, al que se agregó un apartado Quintus, para sancionar el delito contra la intimidad sexual. “Quien videograbe, audiograbe, fotografie, filme o elabore imágenes, audios o videos, reales o simulados, de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento o mediante engaño, a quien exponga, distribuya, difunda, exhiba, reproduzca, transmita, comercialice, oferte, intercambie y comparta imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe consentimiento mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.
A quien cometa este delito se le impondrá una pena de 4 a 6 años de prisión y multa de 500 a 1000 unidades de medida y actualización”.
El diputado Santillán explicó que las penas se agravarán en una mitad cuando la víctima sea familiar hasta el tercer grado, cuando exista o haya existido con la víctima una relación de matrimonio, concubinato, noviazgo o cualquier otra relación sentimental o de confianza, educativa o laboral.
“Cuando aprovechando su condición de persona responsable o encargada de algún establecimiento de servicio público realice alguna de las conductas establecidas en el presente artículo, sea cometida por alguna persona servidora pública o integrante de las instituciones de seguridad ciudadana en ejercicio de sus funciones, se cometa en contra de personas adultas mayores, con discapacidad, en situación de calle, afromexicanas o de identidad indígena, este delito se perseguirá de querella”, indicó.
El legislador expuso que en el artículo 209 se sancionan las amenazas de difundir este tipo de imágenes. “La pena se agravará al triple cuando la amenaza consista en difundir, exponer, distribuir, publicar, compartir, exhibir, reproducir, intercambiar, ofertar, comerciar o transmitir mediante materiales impresos, correo electrónico, mensaje telefónico, redes sociales o cualquier medio tecnológico, imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento u obtenido mediante engaño”.
En lo que respecta a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se estableció el concepto de violencia digital.
“Es cualquier acto realizado mediante el uso de materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales, plataformas de internet, correo electrónico o cualquier medio tecnológico por el que se obtenga, exponga, distribuya, difunda, exhiba, reproduzca, transmite, comercialice, oferte, intercambie y comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento, que atente contra la integridad, la dignidad, la intimidad, la libertad, la vida privada de las mujeres o cause daño psicológico, económico o sexual, tanto en el ámbito privado como en el público, además del daño moral tanto a ellas como a sus familias”.
Santillán Pérez expresó que como medida de seguridad hacia las mujeres, se definió que cuando el ministerio público identifique violencia digital ordenará de manera inmediata a las empresas de plataformas digitales, redes sociales o páginas electrónicas, la interrupción, bloqueo, destrucción o eliminación de imágenes, audios o videos. “Esto establece un mecanismo eficiente, ágil, pronto y expedito de protección hacia las mujeres en la Ciudad de México”.
“Agradecemos el acompañamiento de las diversas plataformas digitales, Google, Facebook, Twitter, que hicieron aportaciones importantes para garantizar que el respeto al derecho a la libertad de expresión, la regulación de contenidos y sobre todo la gran aportación que tiene este dictamen, el mecanismo contundente que tendremos para evitar que una imagen obtenida bajo esas características se pueda viralizar”, comentó.
Al razonar su voto el diputado Federico Döring Casar, de la fracción parlamentaria del PAN, recordó que éste es un tema por el que las mujeres han luchado por muchos años, y que ya se legisló en entidades como Yucatán y Puebla, mientras que el Congreso capitalino tardó casi un año en aprobarlo, ya que desde el 18 diciembre de 2018 se presentaron las primeras iniciativas para combatir la violencia digital o la llamada porno venganza.
El diputado José Luis Rodríguez Díaz de León (MORENA) reconoció las aportaciones de las diversas organizaciones feministas en este proceso, que impulsaron la conocida como Ley Olimpia, para sancionar la violencia digital y contribuyeron a fortalecer el dictamen “que dieron la pauta para tener una normativa mucho mejor que cualquier otra en el país”.
De igual forma, la diputada Alessandra Rojo de la Vega (PVEM), reconoció la lucha de las agrupaciones feministas integrantes del Frente Nacional para la Sororidad, para la justicia y protección de las mujeres víctimas de la violencia digital, “que puede llegar a destruir la vida de las personas que son víctimas de ella”.
El diputado Nazario Norberto Sánchez (MORENA) aseguró que este dictamen permitirá castigar a las personas que se atrevan a ejercer cualquier forma de violencia digital en contra de las mujeres, adolescentes y niñas. “Ni porno ni venganza, la Ley Olimpia avanza”.
Por su parte, la diputada Jannete Guerrero Maya (PT) explicó que el compartir imágenes y actividades sexuales con la pareja, práctica conocida como sexting, es parte de la sexualidad plena y libre de las personas, pero el compartirlas sin consentimiento es una traición a la confianza, una violación de la privacidad y un delito que debe sancionarse por ir en contra de la intimidad personal. “No es no, el consentimiento hace la diferencia”.
El diputado Carlos Castillo Pérez (MORENA) definió a estas reformas legales como uno de los legados más valiosos que dejará esta legislatura a la Ciudad de México, por ser parte de la protección a los derechos de las mujeres y contribuir a generar mejores masculinidades.
La diputada América Rangel Lorenzana (PAN) reconoció el valor y la determinación de la joven Olimpia, quien con su lucha ayudó a cambiar la vida de muchas mujeres en la ciudad y el país. Lamentó que la violencia en contra de las mujeres va en aumento, pero reconoció que sancionar la violencia digital permitirá disminuirla, brindar mayor protección a las mujeres, avanzar en la igualdad y el respeto de sus derechos.
El diputado Eleazar Rubio Aldarán (MORENA) señaló que la violencia digital en la actualidad es alarmante y ha dañado el derecho a la intimidad de muchas mujeres, por lo que es muy importante el sancionar estas conductas ilícitas como parte de la defensa de los derechos de las mujeres.
La diputada Lourdes Paz Reyes (MORENA) expresó que el acceso a las mujeres a una vida libre de violencia es un derecho reconocido internacionalmente y es obligación de las autoridades el hacer lo necesario para su protección, en este sentido, reconoció las acciones realizadas por la Jefa de Gobierno capitalina en la materia. “No más violencia digital contra las mujeres”, expresó la legisladora, quien se mostró partidaria de denominar a ésta como la Ley Olimpia.
Al respecto, la diputada Gabriela Quiroga Anguiano (PRD) reconoció la lucha emprendida por miles de mujeres capitalinas para exigir su seguridad. “Penosamente continuamos siendo uno de los países más peligrosos para ser mujer, ya que cada día son asesinadas nueve mujeres.
De 2015 a la fecha han ocurrido 3578 feminicidios, en lo que va del año se han registrado 833 casos”. Destacó la importancia de este dictamen para sancionar la violencia digital, “para que ninguna mujer sea víctima de un acto tan vil”.
El diputado Miguel Ángel Salazar Martínez (PRI) reflexionó que lograr este dictamen se llevó casi un año, a pesar de la gravedad de las afectaciones que se producen en las mujeres que la sufren, que pueden llevarlas hasta el suicidio. Solicitó a los legisladores del Congreso local contribuir a crear el andamiaje jurídico para dotar de herramientas tecnológicas a los órganos jurisdiccionales y avanzar en temas como la cadena de custodia para el manejo de pruebas digitales.
La diputada Circe Camacho Bastida (PT) expresó que este dictamen contribuye a que las mujeres puedan vivir en forma libre y plena su sexualidad, sin el riesgo a ser exhibidas, además de que permite avanzar en la construcción de una ciudad libre de violencia, así como “en la emancipación y el empoderamiento de las mujeres”.
El dictamen con proyecto de decreto, por el que se reforman el Código Penal para el Distrito Federal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México, fue aprobado con 56 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones.
EN TLAXCALA APRUEBAN DIPUTADOS ‘LEY OLIMPIA’; RECONOCEN VIOLENCIA DIGITAL COMO AGRESIÓN CONTRA MUJERES
El Congreso de Tlaxcala se sumó a los estados que ya han aprobado la llamada Ley Olimpia para sancionar la violencia digital, particularmente contra las mujeres. Con estas aprobaciones suman 17 entidades de México en reconocer este tipo de violencia en internet.
Fue el pasado 14 de diciembre que el Congreso de Tlaxcala aprobó la Ley Olimpia por unanimidad, la reformas que entrarán en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de Estado, establecen sanciones penales contra quienes cometan delitos contra la intimidad sexual al publicar contenido íntimo sin consentimiento de la persona involucrada.
Las legisladoras locales, Laura Yamili Flores Lozano y Leticia Hernández Pérez, explicaron que la aprobación consiste en una serie de reformas al Código Penal y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia locales para proteger los derechos a la intimidad personal, sexual y al ejercicio libre y protección de los derechos sexuales de las mujeres.
A quien cometa delitos contra la intimidad sexual, en Tlaxcala se sancionará con penas de 3 a 5 años de prisión y multas de 16 mil 800 a 42 mil pesos.
Las sanciones en Tlaxcala incluye agravantes como acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, divulgación de información falsa y mensajes de odio.
Además, incrementarán una mitad de la pena cuando el responsable haya tenido una relación de cualquier tipo con la víctima; si hay alguna condición de discapacidad o cuando sean menores de 18 años de edad… SE ESPERAN DENUNCIAS.