l Comisión Investigadora del accidente del helicóptero marca Agusta A109S, ocurrido el pasado 24-diciembre-2018, presenta informe final
CDMX/ 27 /03/2020
- El titular de la SCT, Javier Jiménez Espriú aseguró que se cumplió con la indicación del presidente de hacer una investigación exhaustiva, detallada y transparente, para no dejar espacio a dudas • La comisión investigadora nunca especuló sobre los motivos del accidente, siempre actuó con absoluta responsabilidad
En conferencia de prensa, el secretario de Comunicaciones y Transportes, Javier Jiménez Espriú, informó que los investigadores de la agencia y las autoridades de los países fabricantes de las piezas del helicóptero
En conferencia de prensa, el secretario de Comunicaciones y Transportes, Javier Jiménez Espriú, informó que los investigadores de la agencia y las autoridades de los países fabricantes de las piezas del helicóptero
La Comisión Investigadora y Dictaminadora de Accidentes e Incidentes de Aviación, que realizó la investigación técnica del percance del helicóptero marca Agusta A109S, ocurrido el pasado 24 de diciembre de 2018, en el poblado de Santa María Coronango, Puebla, y en el que perdieron la vida la entonces gobernadora del Estado de Puebla, Martha Erika Alonso Hidalgo, el senador Rafael Moreno Valle Rosas, Héctor Baltazar Mendoza, Marco Antonio Tavera Romero y Roberto Coppel Obregón, determinó como causa probable del suceso:
“Pérdida de control del helicóptero debido a un alabeo repentino hacia la izquierda, que no fue recuperado por el piloto al mando, provocando que el helicóptero se invirtiera en vuelo e impactará con esa configuración, contra el terreno”.
En conferencia de prensa, el secretario de Comunicaciones y Transportes, Javier Jiménez Espriú, informó que los investigadores de la agencia y las autoridades de los países fabricantes de las piezas del helicóptero, confirmaron que durante la inspección de los restos no se observaron indicios de materiales ajenos a la aeronave, no había pedazos de ave o proyectiles, ni evidencias de daños que acrediten que existió un posible acto de sabotaje o de explosivos.
Manifestó que el Informe Final y sus anexos se remitirán a la Fiscalía General de la República, por tratarse de una investigación federal, para que los incorpore a la carpeta iniciada, a efecto de que se continúen con las investigaciones pertinentes; también se enviará a la Fiscalía General del Estado de Puebla, para los efectos jurídicos correspondientes.
Apuntó que entre las acciones inmediatas que realizará la Agencia Federal de Aviación Civil están la de realizar auditorías inmediatas a la empresa operadora Servicios Aéreos del Altiplano S. A. de C. V., y al taller de mantenimiento Rotor Flight Services, S. de R. L. de C. V., suspendiendo temporalmente sus operaciones, hasta contar con el resultado, para tomar las acciones definitivas.
El Informe Final, que presentó el titular de la SCT ante el presidente Andrés Manuel López Obrador, es el resultado de 15 meses de trabajo arduo, investigación, análisis y pruebas que realizaron especialistas tanto en México como en Estados Unidos, Italia y Canadá, y detalla las pruebas que se realizaron a cada uno de los componentes de la aeronave.
En el documento se establece que: “si bien la información disponible para la investigación fue limitada, debido a la falta de registradores de vuelo protegidos contra impactos y al daño severo al helicóptero por el impacto contra el terreno y posterior incendio, con base en las evidencias disponibles, se pudo determinar que el alabeo repentino hacia la izquierda se debió, posiblemente a que ambos actuadores lineales de alabeos se extendieron de manera simultánea, sin haber sido comandados”.
Entre los factores que contribuyeron están:
Prácticas de mantenimiento ineficaces, de parte de la empresa que proporcionaba el servicio de mantenimiento.
Inadecuada cultura de seguridad del operador.
Presión del operador para que se continuarán realizando vuelos, teniendo conocimiento de un mal funcionamiento intermitente del actuador lineal de alabeo del Sistema de Aumento de Estabilidad número dos (SAS 2), más allá de los requerimientos respectivos establecidos en la Lista de Equipo Mínimo (MEL) aplicable al helicóptero.
Insuficiente supervisión del mantenimiento y operación del helicóptero, por parte de autoridad de Aeronáutica Civil.
Por lo que se desprende que el helicóptero marca Agusta A109S, de acuerdo con la Lista de Equipo Mínimo que establece el fabricante, no debió haber volado.
El secretario de Comunicaciones y Transportes, quien estuvo acompañado del subsecretario de Transporte, Carlos Morán Moguel, enfatizó que la comisión investigadora nunca especuló sobre los motivos del accidente, siempre se actuó con absoluta responsabilidad.
Señaló que se cumplió con la indicación del presidente de hacer una investigación exhaustiva, detallada y transparente, para no dejar espacio para dudas.
En el informe presentado se enfatiza que, en ningún caso, la causa probable de este accidente, los factores contribuyentes, las recomendaciones emitidas en el informe o el contenido de sus anexos, indican una responsabilidad o culpabilidad respecto de la ocurrencia del suceso.
Para que no hubiera discusión sobre el resultado, todas las pruebas y análisis de laboratorio se hicieron en presencia de representantes de cada una de las agencias y compañías que integraron la comisión.
En el análisis e investigación participaron la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) y expertos en la investigación de accidentes aéreos de la Trasportation Safety Board (TSB) de Canadá, la Agenzia Nazionale per la Sicurezza del Volo (ANSV) de Italia, la National Transportation Safety Board (NTSB) de USA, y la European Union Aviation Safety Agency (EASA) de Europa.
También se contó con la asesoría de las empresas fabricantes Leonard Helicopter Division (LHD) y Logic en Italia, Patt & Whitney y Safran en Canadá, Honeywell Aerospace y Collins en Estados Unidos, así como el Colegio de Pilotos Aviadores de México A. C. y el Colegio de Ingenieros Mexicanos en Aeronáutica de México
La investigación de este accidente aéreo se realizó con base en normas y métodos establecidos en el Anexo 13 de la Convención de Aviación Civil Internacional, la notificación nacional del accidente la realizó la Autoridad Aeronáutica del Aeropuerto de Puebla, representante del Estado de Matrícula), por lo que la Dirección de Análisis de Accidentes e Incidentes de Aviación, implementó la investigación, realizando la notificación internacional desde el día en que ocurrió.