APRUEBA CONGRESO DEL ESTADO SESIONAR DE MANERA ELECTRÓNICA MIENTRAS PERSISTA LA DECLARACIÓN LA CONTINGENCIA POR EL COVID-19
TLAXCALA/ 02 /04/2020
Mediante la celebración de sesiones extraordinarias públicas electrónicas, el Congreso de Tlaxcala atenderá durante el periodo de contingencia por el Covid-19, todos los asuntos que considere urgentes, así lo aprobaron los Legisladores en una plenaria efectuada de manera remota la tarde de este jueves.
En el acuerdo aprobado por unanimidad de votos, los Legisladores especificaron que este tipo de sesiones se llevarán a cabo cuando los integrantes de la Junta de Coordinación y Concertación Política -como máximo órgano de gobierno del Congreso Local-, estimen que existen asuntos por atender de urgente y/o de obvia resolución.
A partir de la declaratoria de emergencia sanitaria nacional declarada por el Gobierno de México, los Congresistas estimaron necesario aprobar un acuerdo para determinar que la función legislativa se realizará con apoyo de las tecnologías de la información a través de sesiones en línea, por lo que no se pone en riesgo la salud de los Legisladores ni de los trabajadores de esta soberanía.
De la misma manera, las Comisiones Ordinarias del Congreso del Estado continuarán sus actividades con el apoyo de las plataformas digitales a su alcance, a fin de respetar los protocolos de contención y prevención del Covid-19.
“Es importante distinguir que el Congreso del Estado no es el Palacio Legislativo, sino que éste es una Asamblea integrada por 25 diputados que constituyen el Pleno, de manera que, si concurre la voluntad de la mayoría de ellos para el desahogo de una sesión, ésta es válida”, establece el acuerdo aprobado.
Es preciso recordar que ésta fue la segunda sesión extraordinaria que desarrollan los Legisladores locales de manera remota y con la participación de los 25 integrantes del parlamento.
Asimismo el Congreso local invitó a la población tlaxcalteca, que cumpla con las medidas sanitarias indicadas por las autoridades de salud federales y locales, y a cumplir con el resguardo domiciliario corresponsable principalmente a toda persona mayor de 60 años de edad, en estado de embarazo o puerperio inmediato, o con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedad cardíaca o pulmonar crónicas, inmunosupresión, insuficiencia renal o hepática, independientemente de si su actividad laboral se considera esencial.