Senado avala reformas en materia de prisión preventiva oficiosa

Senado avala reformas en materia de prisión preventiva oficiosa

TLAXCALA/ 28 /AGOSTO/2020

-La senadora Ana Lilia Rivera, presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, fue la encargada de presentar el dictamen

Los imputados por delitos graves como feminicidio, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, violencia sexual contra menores, corrupción, desaparición forzada, robo al transporte de carga y de hidrocarburos (huachicol) serán sujetos de prisión preventiva oficiosa, luego de una serie de modificaciones a diferentes ordenamientos avalados por el Pleno del Senado de la República.

De esta forma, ellos legisladores federales dieron continuidad a la reforma al artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que estos ilícitos sean considerados graves, y, por lo tanto, meritorios de prisión preventiva oficiosa.

Dicha reforma a la Carta Magna del país fue aprobada a principios de 2019 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de abril de ese año.

Durante la presentación del dictamen a su cargo, la senadora Ana Lilia Rivera Rivera, quien preside la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, llamó a poner el “torniquete a la herida que sangra diario por la impunidad y la corrupción”.

La legisladora tlaxcalteca agregó que “no castigar los delitos, es en sí un delito”, lo que propicia la impunidad, afecta al sistema de impartición de justicia y debilita al estado de derecho.

Las modificaciones a diversos ordenamientos y leyes aplicarán para delitos violentos cometidos con “armas replica” y no funcionales, la portación de armas de uso exclusivo del ejército, los ilícitos cometidos en contra de las vías generales de comunicación y medios de transporte, así como la captura ilegal de la totoaba.

Durante la presentación del dictamen, Ana Lilia Rivera Rivera subrayó que las modificaciones tienen “el ánimo de reforzar la acción estatal para la procuración de justicia, respecto a conductas especialmente dañinas para la sociedad y el desarrollo nacional”.

Es así que destacó que en el caso del feminicidio, se trata de un “delito que sin duda refleja un terrible grado de descomposición social en el país, en gran parte a consecuencia de los arraigados patrones de machismo y misoginia que se han ramificado por generaciones y que lamentablemente hoy más que nunca, manifiestan sus peores consecuencias”.

En cuanto al uso de programas sociales con fines electorales, el dictamen presentado por la senadora Ana Lilia Rivera Rivera reconoce que “esta conducta clientelar propia de los sistemas con democracias fallidas, ha sido desde hace varias décadas un instrumento de corrupción para la recolección de votos mediante el aprovechamiento de grupos sociales en situaciones de necesidad. Este tipo de ilícitos se caracterizan por involucrar una serie de actos de corrupción por parte de autoridades de los diferentes niveles de gobierno que históricamente han quedado en impunidad”.

En ese contexto, la protección de los programas sociales es un aspecto clave para que las demandas sociales puedan ser procesadas de forma democrática, sin desviación ni condicionamiento político de ningún tipo, concluyó la senadora por Morena.

La propuesta aprobada implica reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales, así como reformas, adiciones y en su caso derogaciones a diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Delitos Electorales; y la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

También a la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos; la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; el Código Penal Federal; la Ley General de Salud; la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; y la Ley de Vías Generales de Comunicación.

La propuesta incluye la posibilidad de sustituir la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa cuando haya voluntad de las partes para alcanzar un acuerdo reparatorio de cumplimiento inmediato, siempre que se trate de uno de los delitos en los que sea procedente dicha forma de solución alterna de procedimiento, aún y cuando dicha medida haya sido impuesta.

La reforma fue remitida a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

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