Ratifica Agricultura a regiones de 17 estados del país como zona libre de dos especies de mosca de la fruta

Ratifica Agricultura a regiones de 17 estados del país como zona libre de dos especies de mosca de la fruta

 

México. A 18 de enero de 2023. Redacción

 

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural declaró como zona libre de dos especies de moscas de la fruta a municipios de 17 estados del país, con lo cual los productores locales continúan con ventajas competitivas para abastecer el mercado interno de productos hortofrutícolas.

 

De acuerdo con los resultados de la vigilancia epidemiológica y los muestreos que realizaron los técnicos del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), se confirmó la ausencia de la mosca rhagoletis pomonella en el municipio de San Juan Atenco, Puebla.

 

También, se avaló la ausencia de la mosca de la fruta del género anastrepha de importancia cuarentenaria en todos los municipios de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila y Sonora, así como en nueve de Aguascalientes, 33 de Durango, 24 de Nuevo León, 27 de San Luis Potosí, 12 de Sinaloa, ocho de Tamaulipas, 37 de Zacatecas, dos de Guerrero, uno de Morelos, Puebla y Tlaxcala y en el límite territorial de seis del Estado de México.

 

Los productores pueden consultar la lista completa de municipios reconocidos como zona libre en la siguiente liga https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5677228&fecha=17/01/2023#gsc.tab=0

 

La declaratoria de Zona Libre, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), representa un impacto positivo para los productores, quienes de la mano de los gobiernos federal y estatal, operan la Campaña Nacional contra la Mosca de la Fruta, la cual les brinda ventajas competitivas en múltiples mercados.

 

El reconocimiento tiene vigencia de 24 meses, periodo en el que los técnicos del Senasica mantendrán la vigilancia de la Zona Libre, por lo que los productores deben aplicar las medidas fitosanitarias indicadas en el artículo 107 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal y en las Normas Oficiales Mexicanas NOM-023-FITO-1995, por la que se establece la Campaña Nacional contra Moscas de la Fruta y la NOM-075-FITO-1997, así como los requisitos y especificaciones fitosanitarias para la movilización de frutos hospederos de moscas de la fruta.

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