Ordena Corte IDH a México adecuar prisión preventiva

Por: Luis Jesus Morales

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dictado una sentencia en la que determina que el Estado de México es responsable de violar los derechos a la integridad personal, libertad personal, garantías judiciales, igualdad ante la ley y protección judicial en contra de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz por su detención y privación de libertad en el marco del proceso penal del que fueron objeto.

La sentencia declara que las víctimas fueron mantenidas en prisión preventiva por más de 17 años sin que se les dictara sentencia. La Corte determinó que la figura del arraigo vulnera los derechos a la libertad personal, a ser oído y a la presunción de inocencia de la persona arraigada. También consideró que la prisión preventiva oficiosa es «per se» contraria a la Convención Americana.

Con base a la sentencia, la Corte ordenó al Estado de México concluir los procedimientos penales en curso en los plazos más breves, revisar la pertinencia de mantener las medidas cautelares, desarrollar investigaciones sobre los hechos de tortura y las demás violaciones a los derechos humanos, dejar sin efecto el arraigo de naturaleza pre-procesal y adecuar su ordenamiento jurídico interno sobre prisión preventiva oficiosa.

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