Por: Luis Jesus Morales
El Poder Judicial de la Federación (PJF) ha emitido una orden para que el Ejército no destruya los documentos vinculados al caso Ayotzinapa, como parte de una suspensión provisional otorgada en un juicio de amparo presentado por los padres de los 43 normalistas desaparecidos en Iguala, Guerrero, en septiembre de 2014.
El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) ha informado que en su solicitud, las familias han requerido como medida cautelar que el PJF garantice la preservación de la información, evitando su alteración, destrucción, depuración o eliminación.
Esta medida se toma con la esperanza de que, cuando se resuelva el fondo del asunto, el PJF ordene la entrega de la información que falta, utilizando las facultades que le otorga la ley a los juzgados de amparo para hacer cumplir sus determinaciones.
El pasado 15 de agosto, los familiares de los normalistas presentaron una demanda de amparo contra la cadena de mando del aparato de inteligencia militar, alegando que estas autoridades incumplieron con el decreto presidencial del 4 de diciembre de 2018, que ordenaba a las dependencias de la administración pública federal colaborar en la investigación del caso Ayotzinapa.
En su demanda, las familias argumentaron que, con la publicación del último informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), descubrieron que el Ejército había ocultado de manera arbitraria una cantidad indeterminada de informes de los Centros Regionales de Fusión de Inteligencia.
Las autoridades militares responsables mencionadas en la demanda incluyen al secretario de la Defensa Nacional, el jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional, el titular de la Jefatura de Inteligencia del Estado Mayor de la Defensa Nacional, el titular de la Subjefatura de Inteligencia del Estado Mayor de la Defensa Nacional y el director del Centro Militar de Inteligencia, entre otros.
El Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México admitió la demanda, donde se está tramitando el juicio de amparo indirecto bajo el número de expediente 1350/2023.
Inicialmente, el tribunal de primera instancia negó la solicitud de las familias en cuanto a la suspensión provisional. Sin embargo, las víctimas indirectas presentaron una queja, y el 1 de septiembre de 2023, el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito emitió una resolución concediendo la suspensión solicitada por las familias.
El Tribunal Colegiado argumentó que la sociedad tiene un interés en conocer las circunstancias que podrían dar lugar a violaciones graves de los derechos fundamentales, además de ordenar a las autoridades militares que se abstengan de destruir y ocultar la información mencionada en la demanda de los familiares.