SCJN rechaza amparo para matrimonios poliamorosos

SCJN rechaza amparo para matrimonios poliamorosos

 

Nacional. A 04 de Abril, 2024. ✍️ Sunashi Rivera

 

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha rechazado un amparo que buscaba incluir a más de dos personas en una relación legalmente reconocida de matrimonio o concubinato, en lo que se conoce como poliamor.

 

Con cuatro votos a favor y uno en contra, los ministros respaldaron el proyecto de Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien recomendó revocar una sentencia que hace tres años permitió a un ciudadano de Puebla casarse o vivir en concubinato con dos personas o más.

 

El Juez Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, Pedro Arroyo Soto, había otorgado en mayo de 2021 el amparo al ciudadano, basándose en criterios previamente establecidos por la SCJN, que reconoce la protección constitucional a todas las formas de familia.

 

Sin embargo, el gobierno del estado de Puebla impugnó la resolución del juez, argumentando la inconstitucionalidad de los artículos 284 y 297 del Código Civil, que se ordenó no aplicar al quejoso, y que buscaba que el poliamor fuera reconocido dentro del marco legal del matrimonio y el concubinato.

 

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo argumentó en su proyecto que las relaciones poliamorosas no son comunes en la sociedad mexicana y advirtió sobre posibles situaciones de desigualdad y discriminación, especialmente hacia mujeres, niñas y niños.

 

La SCJN determinó que, en caso de que el poliamor creciera en la sociedad, debería ser regulado por los Congresos locales para proteger los derechos de sus integrantes y evitar situaciones de desventaja.

 

Fuente: Excélsior.

 

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