¿Cuál es el uso correcto de los Símbolos Patrios?
Según la Secretaria de Gobernación, existe una ley que regula a los Símbolos Patrios: Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional.
Por eso, el uso de los símbolos patrios debe de ser bajo determinadas reglas.
El Escudo Nacional no puede ser modificado bajo ninguna circunstancia; además los particulares no pueden hacer uso de él. Los únicos que están autorizados para el uso del Escudo Nacional son el Presidente de la República y en los documentos oficiales de dependencias de los poderes federales y estatales, así como municipales.
Se debe de rendir honores siempre que la Bandera Nacional esté presente en festividades cívicas o ceremonias oficiales.
La manera correcta de rendir honores: rendir el saludo a la bandera e interpretar el Himno Nacional.
El saludo correcto a la bandera es en posición de firmes, se coloca la mano derecha extendida sobre el pecho, con la palma hacia abajo y a la altura del corazón. Los varones deben de tener la cabeza descubierta.
El Himno Nacional sólo se entona total o parcialmente en actos solemnes de carácter oficial, cívico, cultural, escolar o deportivo, y únicamente para rendir honores a la Bandera Nacional.
Además, el Himno Nacional debe apegarse a la letra y música establecida en los artículos de la Ley sobre la Bandera, el Escudo y el Himno Nacional. Para los pueblos y comunidades indígenas se interpreta el Himno Nacional traducido a su lengua materna.
Está prohibido contar el Himno Nacional cuando se realicen arreglos o composiciones que no corresponden a la versión oficial, además de usarlo con fines de lucro.
Para presentar hacer una traducción en lenguas indígenas, solicitar cantar otro himno nacional de otras naciones o para presentar un espectáculo donde verse el Himno Nacional se debe de tener autorización de las Secretarías de Gobernación y Cultura.