DOF reformas a las leyes de Coordinación Fiscal y General de Salud, en materia de servicios del IMSS-Bienestar

DOF reformas a las leyes de Coordinación Fiscal y General de Salud, en materia de servicios del IMSS-Bienestar

 

05 de enero 2024 ✒️ Dafne Ortiz

 

El día jueves 04 de enero entra en vigor las reformas hechas a los artículos 25, 29 y 30 de la Ley de Coordinación Fiscal, y a los artículos 3, 7 y 77 Bis 16 A de la Ley General de Salud; ya que el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el miércoles estás modificaciones.

 

El pasado 12 de diciembre la Cámara de Diputados aprobó las reformas y pasaron al poder ejecutivo para que se publicarán el DOF.

 

Las modificaciones establecen que:

1. Las entidades federativas que no suscriban el convenio de coordinación con el IMSS-Bienestar se sujetarán a lo previsto en la ley respecto al Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud.

 

2. Las entidades federativas que suscriban o hayan suscrito el convenio recibirán el monto de los recursos que correspondan del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud, con objeto de destinarlo a las obligaciones que conserven en términos de la Ley General de Salud.

 

3. El monto que corresponda a Servicios de Salud IMSS-Bienestar en términos de los convenios de coordinación que éste suscriba con las entidades federativas se asignará, de origen, en el Presupuesto de Egresos de la Federación a dicho organismo.

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