DIPUTADOS CREAN LA LEY DE ATENCIÓN INTEGRAL DE INSUFICIENCIA RENAL

TLAXCALA/ 30 /05/2019

Por mayoría de votos, los integrantes de la LXIII Legislatura de

Tlaxcala aprobaron en la sesión de este jueves, la Ley para la

Atención Integral de Insuficiencia Renal en el Estado de Tlaxcala,

para establecer los lineamientos para fomentar la salud, prevención,

detección, y diagnóstico oportuno, tratamiento, control y vigilancia

epidemiológica la insuficiencia renal crónica y lesión renal aguda en

la entidad.

 

Con la Ley aprobada que consta de 45 artículos y 6 transitorios, se

procurará la coordinación entre las autoridades para atender la

insuficiencia renal, se creará un programa permanente para la

prevención, detección, diagnóstico y tratamiento de dicho

padecimiento, y establece las normas para el control, vigilancia y

evaluación epidemiológica relacionados con tal enfermedad.

 

Las disposiciones que entrarán en vigor al día siguiente de su

publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, establece

que las personas que residan en el Estado tendrán derecho a la

atención integral de la insuficiencia renal y; que el Programa

comprenderá las acciones de prevención, consejería, detección,

diagnóstico y tratamiento de dicho padecimiento.

También establece que el OPD Salud Tlaxcala emitirá las disposiciones,

lineamiento y reglas para la atención integral de la insuficiencia

renal y que esa misma instancia brindará los servicios de atención

farmacológica, diálisis peritoneal, hemodiálisis, trasplante de riñón,

así como atención paliativa para pacientes en etapa terminal y sus

familiares.

Con la nueva norma se crea el Comité Técnico de Evaluación y

Seguimiento del Programa de Atención Integral de la Insuficiencia

Renal en el Estado de Tlaxcala, y también se preverá el derecho de las

personas a recibir evaluación diagnóstica y seguimiento oportuno ante

la sospecha o confirmación de padecer insuficiencia renal.

 

La dependencia encargada de la salud de las personas en el Estado

estará obligada a integrar una base de datos y un sistema de

información, con la finalidad de llevar el control y vigilancia

epidemiológica de la insuficiencia renal en el Estado, misma que se

remitirá a la Secretaría de Salud del Gobierno Federal.

 

Para la operación de la nueva normatividad, los Legisladores

establecieron que el OPD Salud proveerá el gasto para la operación del

Programa de Atención Integral, en su anteproyecto de egresos, misma

que tomará en cuenta el Congreso del Estado al momento de aprobar el

Presupuesto de Egresos del año que corresponda.

 

Mientras tanto, para la realización de los estudios clínicos de

química sanguínea de siete elementos, que deban realizarse a fin de

establecer el grado principal de la Creatinina y detectar los valores

correspondientes en cada persona que los solicite, se ejercerán ocho

millones de pesos del fondo a que se refiere el artículo 13

transitorio del Presupuesto de Egresos de este año.

 

El Comité Técnico de Evaluación y Seguimiento del Programa de Atención

Integral, deberá integrarse y celebrar su sesión de instalación dentro

de los 60 días naturales posteriores a la entrada en vigor de esta

Ley, y la Secretaría de Salud deberá publicar los lineamientos de

operación del Programa de Atención Integral, dentro de los 90 días

naturales posteriores al inicio de la vigencia de la nueva norma.

 

Además, la Secretaría de Salud del Estado de Tlaxcala, emitirá y

difundirá, en los meses de enero a marzo de cada año, un calendario de

jornadas de detección oportuna de la Insuficiencia Renal, mientras que

para este año, el calendario será emitido y difundido 60 días después

de la entrada en vigor de la nueva ley.

 

En la misma sesión, los Legisladores adecuaron la Ley de Salud del

Estado de Tlaxcala para reconocer, promover el conocimiento, la

práctica y desarrollo de la medicina tradicional.

 

Las nuevas disposiciones también establecen que se debe integrar un

sistema de información y una base de datos para la prevención,

atención, control y vigilancia epidemiológica de la insuficiencia renal.

 

De la misma manera las autoridades del sector deberán elaborar un

censo e integrar, administrar y actualizar el patrón de personas que

padezcan insuficiencia renal, misma que deberá actualizarse cada

semestre.

 

 

 

 

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